Revisamos de manera previa la situación de tu empresa mediante la recepción de cuestionarios y la realización de visitas presenciales llevadas a cabo por nuestro personal técnico. Tras una fase inicial de toma de datos se dan las instrucciones necesarias para adecuar a la entidad a la normativa de protección de datos, al Reglamento UE 679/2016 General de protección de datos y a la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de Diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Entre otras las actividades que se desarrollan son las siguientes:
Registro de actividades de tratamiento. Redacción del documento que describe las actividades de tratamiento.
Determinación de la obligación de contar con un Delegado de protección de datos. Caso de que sea necesario su nombramiento se oferta que pueda ser nombrado DATA LIDER para esa función .
Elaboración de un análisis de riesgos: Este análisis determinará el nivel de riesgo al que están expuestos los tratamientos
Análisis de la necesidad de realizar una evaluación de impacto. Esta es obligatoria para algunas actividades de tratamiento de datos. El análisis determinará si se debe de realizar dicha evaluación de impacto.
Establecimiento de medidas de seguridad adecuadas: La nueva regulación no establece unas medidas de seguridad obligatorias, es por ello que recomendamos el seguimiento del esquema de controles establecido por la norma ISO 27002. Las medidas recomendadas siempre serán las idóneas en función del tamaño y tipo de las empresas, los datos tratados…
Establecimiento de Políticas de privacidad: Se redactan documentos que permitan el correcto establecimiento de las relaciones de la entidad con todas las personas y empresas con las que se relaciona:
Mantenimiento: Asesoramiento ilimitado en materia de protección de datos. Si se contrata la opción de mantenimiento y durante toda la vigencia del contrato nuestro compromiso será la atención constante para que la empresa siempre esté cumpliendo. Así amodo de ejemplo: